jueves, 3 de junio de 2010

¿ De verdad sabemos qué es la Seguridad Social ?

La Seguridad Social sea una de las palabras que más se escucha y seguramente mucha gente no tenga muy claro que es. Primero decir que por ejemplo la Seguridad Social no existe en todo el mundo, en sociedades cómo la estadounidense - por muy moderna y puntera que nos parezca - no cuentan con ella, las politicas públicas de salud allí dejan bastante que desear, aunque parece ser que Obama quiere solucionar estos temas y mejorar un poco la situación que ha tenido hasta ahora. A pesar de todo no tiene nada que ver con el sistema colectivo que utilizamos en Europa. Es decir, en Estados Unidos reina y reinará el salvese quién pueda y cómo pueda.

La Seguridad Social nació en Alemania en 1883, cuando su canciller era Otto Von Bismarck; cómo La Ley del Seguro en Enfermedad. En 1900 en España se crea el primer seguro social, La Ley de Accidentes de Trabajo, y en 1908 aparece el Instituto Nacional de Previsión dónde se integran las cajas que serán las encargadas de gestionar los seguros sociales que vayan surgiendo. A medida que el tiempo pasa surjen nuevas necesidades, así nacen diversos seguros sociales cómo, Retiro Obrero (1919) , Seguro Obligatorio de Maternidad (1923), Seguro de Paro Forzoso (1931), Seguro de Enfermedad (1942) y Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (1947). Pero parece ser, que todos estos seguros no eran suficientes y había que realizar alguna mejora, asi dieron lugar las Mutulidades. Éstas se organizaron por sectores, porque esta claro que las necesidades de los trabajadores no son las mismas, dependen del sector al que pertenecen. Esta clasificación condujo a la discriminación entre la población laboral, esto supuso un desequilibrio financiero y resultaba bastante difícil gestionar todo de forma eficaz y justa.

Viendo esta situación en 1963 aparece la Ley de Bases de la Seguridad Social, teniendo cómo objetivo principal arreglar los desajustes antes mencionandos, implantando un modelo unitario e integrado de protección social, dónde participará el Estado en su gestión pública y financiación. En 1966 muchos de los principios mencionados en 1963 fueron adquiridos en la Ley General de la Seguridad Social, pero parece ser que aún así, todavía seguian vigentes algunos sistemas de cotización antiguos que estaban bastante alejados de los salarios que cobraban los trabajadores en aquellas épocas; por lo tanto no consiguieron la unidad que tanto deseaban.

En 1972 mediante la Ley de Financiación y Perfeccionamiento de la Acción Protectora, se intenta solucionar los problemas financieros existentes generando el efecto contrario y aumentando los problemas, pero con la implantación de la Democracia en España y la aprobación de la Constitución, se realizarán distintas reformas en todo el sistema que estaba montado y se conseguirá crear el sistema de la Seguridad Social.

En la decada de los 80, se consguió dar mayor estabilidad al sistema de la Seguridad Social y se extendieron prestaciones colectivos que antes se contraban fuera, la equiparación de las bases de cotización con los salarios reales, revalorización de las pensiones en función de la variación del indice de precios al consumo, la ampliación de los periodos necesarios para acceder a las prestaciones y para el calculo de las pensiones y la simplificación de la estructura de la Seguridad Social.

En la década de los 90, se crea el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, se introducen nuevos mecanismos de jubilación flexible e incentivación de la prolongación de la vida laboral, también se introdujeron medidas de mejora de la protección; por último cabe destacar que la Seguridad Social se ha adaptado a las nuevas tecnologias cuenta con un sitio web y ésta ha sido galardonada en más de una ocasión.

Ahora que sabemos un poco de la Historia de la Seguridad Social, se puede hablar sobre que relación guarda con la Empresa. ¿Sabias que el Gobierno obliga a las Empresas a pagar una cantidad determinada por cada trabajador? Muchos trabajadores piensan que esto último no tiene nada que ver con ellos, porque un trabajador cuando recibe una nómina quita su IRPF y su parte correspondiente con la Seguridad Social; el resto va a cargo del empresario y la verdad son pocos los trabajadores que se preocupan por el empresario. Pero en este mundo no todo es cómo parece, el empresario es consciente de todo esto y a la hora de ofrecer un contrato de trabajo con un determinado sueldo, tiene en cuenta los costes totales. Es decir, el empresario tiene en cuenta el sueldo, la Seguridad Social que va a cargo de la Empresa o incluso la probabilidad de absentismo. Entonces todo lo anteriormente citado, nos podría conducir a pensar que si la Empresa no tuviera que pagar a la Administración, incrementaría el sueldo que ofrece al trabajador, ¿ entonces quién es el que realmente se hace cargo del pago de la Empresa a la Administración ? En mi humilde opinión es el trabajador quién paga, ¿ tal vez sea un interés del Gobierno darle ese nombre y que más de uno piense que es el Empresario quién paga ?

Partiendo de que sabemos que cotizar a la Seguridad Social es obligatorio, podemos decir que éstas se componen de 3 elementos básicos:
  • Las Bases de Cotización.
  • El Tipo de Cotización.
  • Cuota.
La base y el tipo las establece el Gobierno mediante La Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) y a partir de estas 2 se puede calcular la cuota; además existen diversos grupos de trabajadores - no es lo mismo para la Seguridad Social ser un Ingeniero Técnico o Ingeniero - dependiendo a cual se pertenezca se forma parte de un grupo distinto de cotización y se tienen unas bases distintas. ¿ Pero entonces cuando me interesa cotizar lo máximo o el minimo ? Primero aclarar que tenemos la obligación de cotizar en el mismo instante que tramitamos el alta laboral; asi, mensualmente el trabajador estará obligado a retribuir una cantidad - que se calcula según los parámetros antes indicados - de dinero al Estado, y en teoría este dinero se podrá utilizar para cubrir un accidente laboral, una enfermedad o una jubiliación, vamos entonces no parece tan malo esto de dar dinero al Estado. Pero intentando responder a la pregunta antes planteada, cuando cotizar lo máximo y minino; lo más normal es cotizar al principio el minimo - para poder evitar gastos - y a partir de los 49 años cambiar la base al máximo. Todo esto se recomienda que sea así, porque las personas normalmente se pueden jubilar a partir de los 65 años, y para poder calcular la pensión se suelen tener en cuenta los últimos 15 años trabajados; siempre y cuando seamos autónomos o trabajadores por cuenta propia, que es el único caso dónde podemos elegir la base; en los demás casos la base de cotización suele venir definida en función del dinero que recibamos; estas bases se suelen actualizar anualmente.

Consecuencia de la crisis que estamos viviendo actualmente y los planes de austeridad que están sacando los distintos Gobiernos, por ejemplo Grecia ha cambiado la edad de jubilación de 61 años a los 63, en Alemania se ha pasado de los 65 años a los 67 y parece ser que en España se va a realizar un recorte en las pensiones. Hay quién opina que mediante esta postura del Gobierno se va pasar por alto el Pacto de Toledo que vela por las pensiones y su sostenibilidad financiera pero es lo que tiene estar en una situación de crisis. No sólo eso, también se rumorea que puede ser posible que al igual que ha ocurrido en Grecia y Alemania se vaya a elevar la edad de jubilación; en nuestro caso de los 65 a los 67, por otro lado, aunque actualmente sólo se utilizarán los últimos 15 años trabajados, tal vez se vaya a tener en cuenta la totalidad de años trabajados - por lo tanto, en truco de cotizar lo mínimo al principio y después lo máximo, no valdría para mucho - para calcular la pensión a cobrar y también ampliar el mínimo de años trabajados para tener derecho a ella; aunque parece ser, que definitivamente las 2 últimas mencionadas no llegarán a buen puerto.

¿ Es simplemente una casualidad que se vaya a aprobar la Reforma Laboral el 16 de Junio y qué en esa misma fecha debuté La Selección Española en el Mundial de Sudafrica ? La polémica esta servida.

1 comentario:

  1. Excelente artículo Bertol, realmente conciso y didáctico.

    Si me permites, quizá se te olvido mencionar que antes de la reforma de las pensiones del año 1985, se contaba como valor de referencia para establecer la cuantía de la prestación los 2 años anteriores.

    Es decir, una persona podía desempeñar durante su vida laboral un puesto de mando intermedio, por ejemplo. Al alcanzar los 2 últimos años de vida laboral, podían ascender a un puesto superior. Pasado el tiempo, se jubilaban y entonces se calculaba su prestación no en función del promedio de vida laboral, sino en base a esos 2 últimos años.

    Viendo el despropósito que era aquello, decidieron establecer la cuantía en función de un promedio calculado en función del puesto desempeñado y los años cotizados .Así establecieron los topes y las cuantías en función de una forma más coherente.
    Un saludo.

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